28 de abril de 2013

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS DEL JOCKEY CLUB DE AREQUIPA



El día de mañana lunes 29 de abril a partir de las 18:30 horas, se llevará a cabo la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de asociados del Jockey Club de Arequipa, cuya orden del día es la siguiente:

Asamblea Ordinaria:

1.- Presentación de la Memoria de la Presidencia sobre la marcha hípica, social, administrativa y económica de la Asociación.
2.- Presentación del Balance General y los Estados de Resultados, de los Ejercicios Económicos de la gestión debidamente auditados, para el pronunciamiento de la Asamblea.

Asamblea Extraordinaria:

1.- Modificación del artículo 50° inc. i) (sobre conformación de Comisión Revisora de Cuentas) de Estatuto de la Institución.
2.- Autorización para convocatoria de Operador para el JCA.
3.- Aprobación de Contrato que debe cumplir Operador a convocar, el mismo que se encuentra en la página Web del JCA.
4.- Otorgamiento de facultades al Consejo Directivo, para convocar y contratar a Operador bajo contrato Aprobado por Asamblea.

Al respecto es necesario manifestar lo siguiente:

El informe sobre la Memoria del  Presidente se debe otorgar a todos  los asociados sin distinción y no solo para los que estén al día en sus cuotas.
Un socio quiso recabar el informe del Presidente en su primer año de gestión y le fue denegado por no estar al día en sus pagos. Creo que ello está mal.

Así como se exige deberes por parte del asociado, éste también tiene derechos y uno de ellos es estar informado sobre el acontecer hípico, social y económico del JCA.

Creo que tratándose de un punto tan importante como el aprobar un contrato, éste se debió repartir a todos los socios por escrito y no solo publicarlo en la página web del JCA. Según tengo entendido varios socios no han podido leerlo y otros les es tedioso analizarlo por este sistema.

El punto 2 de la Asamblea extraordinaria de Asociados creo que está demás ¿que se va a autorizar? si ya se tiene un Operador que entiendo es el señor Mujica Presidente de la Institución y entiendo el único existente, pues en anterior Asamblea se autorizó a un grupo de asociados para tal fin sin resultado positivo.

Para aprobar un contrato por parte de la Asamblea se necesita que el mismo esté oleado y sacramentado, conociendo en forma oficial el nombre del Operador y pormenores al mínimo del contrato presentado.

A grandes rasgos he podido notar en el Contrato que el Operador tiene mucho interés en la parte social y muy poco en la parte hípica, cual es el talón de Aquiles y la razón de ser del Club hípico de la calle La Merced.

En el contrato presentado aparece un pago semanal de S/. 3 750,00 nuevos soles para los premios de seis carreras, cuando en el programa de la presente semana el total de premios a repartir es de S/. 5 480,20 nuevos soles. ¿Cuál es la gracia?

Por otro lado se dice que a partir de un juego de S/. 40,000 nuevos soles el Jockey Club de Arequipa, tendrá el 5% de ingresos. ¿Cómo vamos a llegar a los 40 mil nuevos soles si tenemos una programación de ejemplares eliminados y  rechuzos? El público asiste cuando el  programa es atractivo con ejemplares de primer nivel; pero con los premios que se van a dar durante cinco años que dura el contrato ¿qué propietario va a invertir su dinero en adquirir un ejemplar de valía con premios tan bajos?

Creo que para aprobar el contrato en referencia se necesita información precisa, especialmente en la parte hípica que es lo difícil de mantener; por cuanto la parte social puede subsistir por si sola.

Por otro lado se insiste y así lo señala el contrato, salvo que no lo he leído bien, que el propietario seguirá pagando 100 nuevos soles para que corra su ejemplar; es decir ¿ si se trata de una carrera similar a la primera del viernes 3 de mayo que ya está programada, tendría que abonar más del 15% del premio?

En el contrato se debe establecer dentro de las obligaciones del operador el contar con las suficientes cámaras de video, eficiente señal para Lima, garantizar el pago de las apuestas en el Hipódromo y no derivar a los apostadores ganadores, al local social para cobrar cuando aciertan un boleto.

Y hablando del Contrato existe la palabra “cesión en uso”, sería conveniente que los abogados que son asociados analicen bien los alcances de la misma y se exponga en forma clara a que se refiere.

De igual forma aparece en el punto 4.1, que ambos contratos tendrán una vigencia de 5 años forzosos prorrogables a discreción de la Empresa, en este caso el Operador ¿queeee? No soy abogado pero creo que un contrato para ser renovado debe tener el consentimiento de ambas partes y no solo una.

Si bien es cierto el operador se compromete a invertir 100 mil dólares en el local social, el cual utilizará para sus fines, creo que al igual que Signature también debe pagar las deudas que tiene el Club al momento; las cuales  superan los 700 mil nuevos soles según el Estado de ganancias y pérdidas presentado.

No quiero con estos comentarios dar la impresión que estoy en contra del señor Mujica quien será juez y parte por ser el Presidente y posible operador, pero creo la oferta presentada no es nada del otro mundo, pues el continuar con carreras en forma semanal con premios bajísimos, será motivo para que los hípicos acostumbrados a programas con ejemplares de calidad y que den espectáculo sigan alejándose.

En fin los socios tendrán la palabra el día de mañana y se espera que la misma lleve al Club por el mejor camino.








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